En 2017 se aprobó el “Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR” con o objetivo de reducir los costos del sector público y generar oportunidades para el sector privado, dada la importancia que tiene tanto el Estado como las entidades que de él dependen como demandantes de diversos insumos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. De esta forma, una vez en vigor, este instrumento permitirá crear oportunidades de negocios para nuestras empresas y beneficiará a nuestros trabajadores, ampliando el universo de proveedores de nuestros órganos públicos, reduciendo costos y dotando de mayor transparencia y competitividad a todo el universo de las contrataciones públicas.
Según el Protocolo, cada Estado Parte se compromete a: a) otorgar inmediata e incondicionalmente a los bienes servicios y a los proveedores y prestadores de cualquier otro Estado Parte un trato no menos favorable de aquel que conceda a los bienes, servicios, y a los proveedores y prestadores de cualquier otro Estado Parte o de terceros países, de acuerdo a lo establecido en el Anexo IX (Trato de Nación Más Favorecida), y b) otorgará inmediata e incondicionalmente a los bienes y servicios de los otros Estados Partes y a los proveedores de los otros Estados Partes que provean bienes y servicios de cualquier Estado Parte, un trato no menos favorable que el trato más favorable que dicho Estado Parte otorgue a sus propios bienes, servicios, y proveedores (Trato Nacional y No Discriminación).
SND-Normativa y UTCI.