¿Qué es la REMPM?
Creación de la Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur:
Las mismas surgen de una decisión del Consejo del Mercado Común (CMC) del MERCOSUR reunido en la ciudad de Asunción el 19 de junio del año 2005, a raíz de la necesidad de contar con un mecanismo ágil en el relacionamiento entre los Miembros Públicos de los Estados Partes y Asociados, para lograr potenciar las acciones conjuntas para la prevención, investigación y represión del crimen organizado, narcotráfico y terrorismo, entre otros.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, y las Decisiones N° 18/98, 02/02, 18/04 y 28/04 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO: Que resulta necesario apoyar un proceso de transformación y consolidación del sistema judicial, a fin de cumplir con los principios del Estado de Derecho.
La necesidad de contar con un mecanismo ágil en el relacionamiento de los Ministerios Públicos de los Estados Partes del MERCOSUR y de los Estados Asociados, con el objetivo de potenciar acciones conjuntas para la prevención, investigación y represión del crimen organizado, el narcotráfico y el terrorismo, entre otros hechos punibles.
El Consejo del Mercado Común decide:
Art. 1- Crear la Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur que estará integrada por los órganos competentes en la materia en los Estados Partes. Los Estados Asociados podrán participar de la Reunión, en los términos de la Decisión CMC N° 18/04.
Art. 2- La Reunión de Ministerios Públicos del MERCOSUR tendrá por finalidad la coordinación y cooperación de los órganos mencionados en el artículo anterior, para coadyuvar en la lucha contra la criminalidad organizada, mejorar los mecanismos de persecución penal y cooperación en las áreas de su competencia.
Art. 3- Asignar al Foro de Consulta y Concertación Política las funciones previstas en las Decisiones CMC N° 02/02 y N° 23/03, en lo que correspondiere a las actividades de la Reunión de Ministerios Públicos del MERCOSUR.
Art. 4- Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
Tiene por FINALIDAD la coordinación y cooperación de los Ministerios Públicos para coadyuvar en la lucha contra la criminalidad organizada, mejorar los mecanismos de persecución penal y cooperación en las áreas de su competencia.
Las Presidencias Pro Tempore
Cada Estado Parte ejerce de manera rotativa por periodo de 6 meses. Conforme al Reglamento Interno de las REMPM.
Periodicidad
Las REMPM se organizan semestralmente, teniendo una reunión preparatoria previa a cada reunión especializada.
La organización es responsabilidad de la Presidencia Pro Tempore.
Las reuniones se fueron realizando en el siguiente orden:
- Argentina, Junio 2006
- Brasil, Diciembre 2006
- Paraguay, Junio 2007
- Uruguay, Diciembre 2007
- Argentina, Junio 2008
- Brasil, Noviembre 2008
- Paraguay, Mayo 2009
- Uruguay, Noviembre 2009
- Argentina, Junio 2010
- Brasil, Noviembre 2010
- Paraguay, Junio 2011
- Uruguay, Noviembre 2011
- Argentina, Junio 2012
- Brasil, Diciembre 2012
- Uruguay, Junio 2013
- Venezuela, Octubre 2013
- Argentina, Noviembre 2014
- Brasil, Junio 2015
- Paraguay, Noviembre 2015
- Uruguay, Junio 2016
- Argentina, Junio 2017
- Brasil, Agosto 2017
- Paraguay, Junio 2018
- Uruguay, Noviembre 2018
- Argentina, Mayo 2019
- Brasil, Agosto 2019
- Paraguay, Mayo 2020
- Uruguay, Noviembre 2020
- Argentina, Junio 2021
- Brasil, Septiembre 2021
- Paraguay, Junio 2022
Noticias del REMPM:
Comenzó el trabajo de los equipos técnicos de la XXI Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur
El día de ayer 14 de junio, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, con la presencia de las delegaciones de Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Ecuador y Argentina, se dio inicio a la primera jornada de la Reunión Preparatoria de la XXI Reunión Especializada de Ministerios Públicos del Mercosur (REMPM)