Sistema de Información Ambiental del MERCOSUR (SIAM)

Sistema de Información Ambiental del MERCOSUR (SIAM)2024-11-25T12:39:55-03:00

El Sistema de Información Ambiental del MERCOSUR (SIAM) centraliza información sobre las acciones, productos y resultados de las actividades del Subgrupo de Trabajo N°6, Medio Ambiente y de la Reunión de Ministros de Medio Ambiente, contribuyendo a la transparencia de las negociaciones y a su divulgación. Facilita además el acceso a la información ambiental de los Estados Parte de manera integrada para su difusión al público en general.

Subgrupo de Trabajo N° 6

 

En el año 1995 el Grupo Mercado Común acordo la creación, en el ámbito de su estructura, de Subgrupos de Trabajo para continuar promoviendo la integración de los Estados Partes en distintas áreas. Entre ellos se constituyó el SGT N° 6, Medio. (GMC Res. 20/95).

El Subgrupo de Trabajo N° 6 (SGT N° 6) tiene como objetivo general garantizar la protección e integridad del medio ambiente de sus Estados Partes (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela). Es un órgano técnico de la estructura del MERCOSUR. Su tarea es promover el desarrollo sostenible, mediante acciones que garanticen la transversalidad de la temática ambiental en el proceso de integración, impulsando medidas ambientales efectivas, económicamente eficientes y socialmente equitativas. El SGT N° 6 está integrado por representantes de los organismos ambientales nacionales de los Estados Parte, en el rol de Coordinador Nacional/Alterno.

En el año 2003, los Ministros de Medio Ambiente de los Estados Parte del MERCOSUR recomendaron al Consejo Mercado Común como acción prioritaria, la creación de una Reunión de Ministros de Medio Ambiente del MERCOSUR. A tal efecto, fue acordada la Decisión N° 19/03 para que los Ministros puedan proponer medidas tendientes a la coordinación de políticas para promover la gestión ambiental y el desarrollo sostenible en la región, y las acciones de articulación de cooperación en medio ambiente entre los Estados Partes.

Ambos foros ambientales del MERCOSUR, abordan diferentes temáticas, entre ellas, competitividad y medio ambiente (producción y consumo sostenible), gestión ambiental de residuos y responsabilidad post consumo, biodiversidad, gestión ambiental de sustancias y productos químicos, lucha contra la desertificación y efectos de la sequía, cambio climático, emergencias ambientales, y otros.

En nuestro sitio web, los organismos públicos y privados, los sectores del trabajo y de la actividad académica, la sociedad civil y todo ciudadano interesado, podrá disponer de la información correspondiente a las actividades de la Reunión de Ministros del MERCOSUR y del SGT N° 6.

Órganos dependientes de SGT N° 6

 

Grupo Ad Hoc sobre Gestión Ambiental de Residuos y Responsabilidad Post Consumo

Grupo Ad Hoc CyMA

Grupo Ad Hoc de Lucha contra la Desertificación y la Sequía

Grupo Ad Hoc sobre Bienes y Servicios Ambientales

Grupo Ad Hoc sobre Biodiversidad

Grupo Ad Hoc sobre Calidad de Aire

Grupo Ad Hoc sobre Gestión Ambiental de Sustancias y Productos Químicos

Grupo Ad Hoc sobre SIAM (Sistema de Información Ambiental del MERCOSUR)

Temas

 

  • Producción y Consumo Sustentable 

    El 28 de junio de 2007 el Consejo Mercado Común aprobó por Decisión N° 26/2007 la «Política de Promoción y Cooperación en Producción y Consumo Sostenibles en el MERCOSUR». Esta política pretende contar con una política regional orientada a mejorar la eficiencia del proceso productivo, reduciendo los riesgos para la salud humana y para el medio. Teniendo en cuenta los principios y compromisos adoptados por los Estados Parte del MERCOSUR, se requiere lograr un cambio hacia un consumo más sostenible, hacia una gestión ambiental de la empresa orientada hacia un consumo más racional y eficiente de los recursos naturales, hacia la prevención de la contaminación y la mejora de la competitividad. Las acciones y herramientas para la producción y el consumo sostenibles, deben facilitar la creación de empleo, la reducción de la pobreza y la inclusión social en los Estados parte.

    Por Producción más Limpia (P+L) comprendemos la aplicación continua de una estrategia ambiental preventiva e integrada a los procesos productivos, productos y servicios, orientada a mejorar la eficiencia, reducir riesgos para la salud humana y para el ambiente, a través del ahorro de materias primas, agua y energía, de la eliminación de insumos peligrosos y de la reducción de la cantidad y toxicidad de emisiones y residuos en la fuente.

    El concepto de Producción Sostenible (PS) integra sistémicamente las variables económicas, ambientales y sociales en la producción de bienes y servicios.

    El Consumo Sostenible (CS) es el uso de bienes y servicios que responden a las necesidades del ser humano y proporcionan una mejor calidad de vida, y al mismo tiempo minimizan el uso de recursos naturales, de materiales peligrosos y la generación de desperdicios y contaminantes, sin poner en riesgo las necesidades de las generaciones futuras.

  • Sustancias y Productos Químicos  

    Las sustancias y productos químicos se encuentran regulados internacionalmente por los Convenios de Estocolmo y de Rotterdam.

    El Convenio de Estocolmo, teniendo presente el criterio de precaución consagrado en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes (COPs).

    Los COPs son compuestos orgánicos de origen natural o antropogénico, resistentes a la degradación en el medio ambiente  que presentan baja solubilidad en agua y alta en grasas por lo que se bioacumulan en los tejidos grasos de los seres vivos. Son compuestos semivolátiles y se los encuentra en el aire, agua y suelo, caracterizándose por su distribución regional y global. Estos productos químicos son tóxicos para los organismos vivos, y de liberación continua.

    Principales características de los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs):

    • Persistencia: permanecen en el ambiente durante largos periodos antes de degradarse o descomponerse a formas menos peligrosas.
      Toxicidad: causan una gran cantidad de efectos tóxicos, aún en bajas concentraciones.
      • Capacidad de ser transportados a grandes distancias: a veces miles de kilómetros, a través del aire, el agua de ríos y corrientes marítimas, y la acción de especies migratorias. El “transporte a grandes distancias” depende directamente de la temperatura.
      • Bioacumulación: se acumulan en los tejidos adiposos de los seres humanos y los organismos vivos que forman parte de la cadena alimentaria.

    El Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de Comercio Internacional, tiene como objetivo promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes.

    Se aplica a:

    • Productos Químicos prohibidos o rigurosamente restringidos para proteger la salud humana o el medio ambiente
    • Formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas que causan problemas bajo las condiciones de uso en los países en desarrollo o en países con economías en transición.

    Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos a Nivel Internacional (EE ó SAICM, por sus siglas en inglés)

    Fue adoptado por la Conferencia Internacional sobre la Gestión de Productos Químicos (ICCM 1- 2006) El objetivo general del Enfoque Estratégico es lograr la gestión racional de los productos químicos durante todo su ciclo de vida, de manera que para 2020, los productos químicos se utilicen y produzcan de manera que se logre la minimización de los efectos adversos importantes en la salud humana y el medio ambiente, según lo enunciado en el párrafo 23 del Plan de Aplicación de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible  (Johannesburgo, 2002)

    El SAICM está constituido por los siguientes documentos:

    1. Declaración de Alto Nivel, donde se establece que el Enfoque Estratégico es una iniciativa voluntaria para el manejo internacional de los Productos Químicos y sus desechos peligrosos a través de su ciclo de vida, y que no es un instrumento legalmente vinculante.
    2. Estrategia de Política Global, donde se establece que el EE tiene un alcance amplio que abarca los aspectos ambientales, económicos, sociales, laborales y de salud relacionados con la seguridad química; y los productos químicos para aplicaciones agrícolas e industriales, a los efectos de promover el desarrollo sostenible y ocuparse de los productos químicos en todas las etapas de su ciclo de vida, incluidos los productos que los contengan.
    3. Plan de Acción Mundial, donde se establecen 36 áreas de trabajo y 273 actividades asociadas para la aplicación del EE.

    Plan de Acción Mercosur para la Gestión de las Sustancias y Productos Químicos Peligrosos

    A partir del Plan de Acción Mundial del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos a Nivel Internacional (SAICM), el Subgrupo de Trabajo N° 6, Medio Ambiente del MERCOSUR, elaboró el Plan de Acción para la Gestión de Sustancias y Productos Químicos Peligrosos del MERCOSUR que contempla 10 Áreas de Trabajo/temas de los cuales se han priorizado los siguientes: Mercurio, Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA), Plaguicidas y Sitios Contaminados.

    Los 4 países fundadores son Partes de los Convenios de Basilea, Estocolmo y Rotterdam y reconocen el SAICM.

  • Emergencias Ambientales 

    La importancia de desarrollar acciones coordinadas entre los Estados Partes del MERCOSUR para consolidar y profundizar el proceso de integración,  determino, entre otras acciones que, el  7 de julio de 2004, en la ciudad de Puerto Iguazú, Republica Argentina, el Consejo Mercado Común aprobara, mediante Decisión  CMC/DEC Nº 14/04, el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente en Materia de Cooperación y Asistencia ante Emergencias Ambientales.

    Este marco normativo  surgió ante  la necesidad de avanzar en la construcción del desarrollo sostenible en dicho ámbito de integración regional y de profundizar  la solidaridad y la buena vecindad, con especial énfasis ante emergencias ambientales,  con vistas a mejorar la calidad de vida y las condiciones de seguridad de sus poblaciones frente a las posibilidades de ocurrencias de emergencias ambientales en los Estados Partes. A tal efecto acordaron  mediante dicho instrumento,  reglamentar las acciones de la cooperación y asistencia ante emergencias ambientales, estableciendo procedimientos que permitan actuar con mayor eficacia, rapidez y previsibilidad.

    Se considera   emergencia  a la  situación resultante de un fenómeno de origen natural o antrópico que sea susceptible de provocar graves daños al ambiente o a los ecosistemas y que, por sus características, requiera asistencia inmediata.

  • Residuos 

    Toda actividad antropogénica tiene como consecuencia directa e inevitable la generación de residuosya sean como consecuencia del consumo de bienes o de actividades industriales o de servicios. Es necesario que los Estados desarrollen instrumentos que fomenten el consumo responsable y la producción limpia, propiciando opciones para el tratamiento y disposición de los residuos que se generan de manera que no afecten a la salud y al ambiente, tanto en el presente como en el futuro.

    Muchas veces resulta necesario transportar esos residuos más allá las fronteras de los Estados donde fueron generados, para su tratamiento o disposición. Con el objetivo de controlar esa operatoria, es que, el 22 de marzo de 1989 fue aprobado por la Conferencia de Plenipotenciarios en Basilea (Suiza), el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, entrando en vigor el 5 de mayo de 1992. El Convenio comprende 176 Estados Parte, incluidos los que componen el MERCOSUR.

    El objetivo primordial del Convenio de Basilea es proteger la salud de las personas y el ambiente, frente a los potenciales efectos perjudiciales devenidos de una gestión irracional de los residuos peligrosos, cuando éstos son sometidos a movimientos transfronterizos.

    Ese control abarca una amplia variedad de desechos definidos como peligrosos, considerando su origen o composición, o ambas cosas, y sus características de peligrosidad. Incluye además, otros desechos tales como los de origen doméstico (recogidos de los hogares) y resultantes de la incineración de éstos.

    Es necesario aclarar que los desechos radiactivos se encuentran sometidos a otros sistemas de control internacional, así como los desechos resultantes de Operaciones Normales de Buques. Las disposiciones del Convenio giran en torno a los siguientes objetivos:

    • La disminución de la generación de desechos peligrosos y la promoción del Manejo Ambientalmente Racional (MAR) de los desechos peligrosos, dondequiera que se realice su eliminación;
    • La restricción o minimización de movimientos transfronterizos de residuos peligrosos, salvo en los casos especialmente previstos, y bajo las condiciones establecidas, respetando los principios de la gestión ambientalmente racional; y
    • Establecer un sistema reglamentario aplicable a casos en que los movimientos transfronterizos son permisibles.

    Visto que los Países Parte se encuentran obligados a asegurar que los residuos sujetos a movimientos transfronterizos sean sometidos a un MAR, en las Convenciones de las Partes (COP) se adoptan Directrices Técnicas elaboradas por Grupos de Trabajo de Expertos, los cuales, si bien no son jurídicamente vinculantes, establecen una base sobre ese concepto en diversas materias: clasificación de residuos, operaciones de eliminación, características de peligrosidad, entre otras.

    Es imprescindible mencionar que el Convenio establece la definición de desecho peligroso en virtud de la normativa nacional de cada Estado.

  • Biodiversidad

    Todos los Estados Partes del MERCOSUR son parte del Convenio de Diversidad Biológica (CDB), cuyos objetivos son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada.

    Los países del MERCOSUR poseen una rica biodiversidad, comparten un conjunto diferenciado de ecorregiones continentales y marinas con gran diversidad de especies de fauna, flora y microorganismos, además de un importante complejo hidrológico.

    Nuestros países presentan, además una importante diversidad cultural, con comunidades indígenas y locales, cuyos conocimientos y prácticas tradicionales juegan un papel fundamental en la conservación de la biodiversidad y su utilización sostenible, habiendo desarrollado sus estrategias nacionales de biodiversidad en cumplimiento con las  disposiciones del CDB.

    La diversidad biológica posee valor intrínseco y debe ser respetada  independientemente del valor o uso que pudiera serle atribuido por las poblaciones humanas. La biodiversidad debe ser aprovechada dentro del límite de funcionamiento de los ecosistemas, garantizando la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos.

    Los Ministros de Medio Ambiente del MERCOSUR, aprobaron en el año 2006, la Estrategia de Biodiversidad del MERCOSUR.

  • Cambio Climático

    Por «cambio climático» se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables.

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